Gestión

Las Subastas Judiciales

Entre los servicios que ofrecemos en Asyp Atlántica está la gestión, información, tramitación y ayuda para la participación en subastas judiciales, es por ello que nos gustaría aportar una visión general de las subastas judiciales para quien esté interesado en las mismas.

Avisando con antelación que el consejo legal en estos casos es prácticamente obligatorio, ya que nos encontramos con multitud de casuísticas según el edicto de la subasta y es muy importante contar con ayuda profesional.

Empezaremos por definirla: la Subasta Judicial es el procedimiento mediante el cual se da cumplimiento a la sentencia de remate, la subasta es el acto procesal mediante el cual se enajena, por medio de un auxiliar del juez que actúa en representación de este, el bien o los bienes embargados con el objeto de satisfacer el importe del crédito que diera origen a la ejecución.

Estamos por lo tanto ante una subasta organizada por la administración de justicia, con lo que todo eso significa: poca o nula flexibilidad y la diligencia de unos juzgados permanentemente atascados.

El proceso de la subasta judicial

Actualmente las subastas se realizan electrónicamente a través del portal de BOE, https://subastas.boe.es/, por lo que necesitamos un certificado electrónico valido con el cual poder realizar tanto el depósito como las pujas.

 

Una vez la subasta se publica en la página web del BOE podremos hacer nuestra puja mientras la subasta esté activa. La duración de las subastas desde su publicación es de 20 días, transcurrido este plazo se ampliará una hora por cada puja nueva que se realiza en la subasta hasta llegar, si es necesario, al límite de 24 horas. Una vez transcurridas estas 24 horas la mayor puja se lleva la subasta.

El primer paso para participar en la subasta será realizar la fianza judicial, necesaria para poder participar en la subasta, para ello debemos realizar un depósito del 5 por ciento del valor del tipo de subasta o lo que estime el juzgado segun el tipo de subasta, este depósito se realiza electrónicamente a través del portal de subastas.

Una vez tenemos el depósito para un lote determinado ya podemos hacer muestra primera puja. En caso de pujar en nombre de otra persona o sociedad debemos indicarlo en el formulario que nos aparece en el momento que realizamos la primera puja ya que, aunque nosotros seamos los depositarios, el remate será para la persona o sociedad designada cuando realizamos la puja.

Puja por encima del 70%

Una vez finalizada la subasta si nuestra puja es la más alta y está por encima del 70% del valor del tipo de subasta, se realizará la aprobación del remate, teniendo que consignar la diferencia entre el depósito y el precio de adjudicación antes de 20 días naturales, ampliable a 40 días si necesitamos una hipoteca.

Puja inferior al 70%

Si nuestra postura es la más alta, pero es inferior al 70%, el ejecutado tendrá 10 días hábiles para presentar a un tercero que mejore la puja ofreciendo una cantidad superior al 70% o que resulte suficiente para satisfacer el derecho del ejecutante, esto es, la cantidad que cubre la deuda. Por lo que en estos casos debemos saber si nuestra cantidad cubre la deuda o si hay interesados externos dispuestos a aportar el 70%.

Puja no superior al 50%

Si nuestra puja siendo la mayor no es superior al 50% de la tasación o no cubre el valor de la deuda, el deudor podrá quedárselo por el 50% y si no ejecuta esta opción será el letrado de la administración de justicia después de oír a las partes el que decida si se aprueba el remate inferior al 50% o no.

Una vez finalizada la subasta, si no hemos resultados adjudicatarios, la devolución del deposito se realizará en los siguientes 10 días hábiles en el caso de que no hayamos realizado reserva de puja, si realizamos reserva de puja se nos devolverá cuando el adjudicatario ingrese la cantidad total de la puja. La reserva de puja nos sirve en caso de que la puja más alta no pague el precio de adjudicación ya que si esto sucede se revisarían todas las pujas con reserva de puja y se adjudicaría a la más alta.

Todas las subastas judiciales tienen unos riesgos inherentes que debemos de tener en cuenta: el estado de los bienes que se subastan, la situación posesoria, las cargas o gravámenes anteriores al crédito del actor…

Por estas razones, entre otras, es importante buscar un asesoramiento profesional que revise cada uno de los puntos críticos y nos pueda ayudar a obtener el bien que queremos, pero evitando todos los problemas que pueden surgir en este tipo de procedimientos, es por ello que desde Asyp Atlántica siempre estamos disponibles para cualquier consulta o gestión que necesite.

 

14 comentarios en “Las Subastas Judiciales

  1. Buenos días, hay una subasta activa que puede que me interese o no , como yo no sé nada de esto , me gustaría saber cuánto cobran por estudiar el inmueble con un asesoramiento , gracias

  2. Soy José Vázquez González

    Buenas tardes, he remitido a hoy mismo dos e-mail interesándome por la posibilidad de que Ustedes me asesoren online –o en último caso, presencialmente– sobre como podría pujar yo (soy un ciudadano particular, no soy empresa ni entidad privada ni menos pública) en la subasta judicial –por lo que deduzco se termina hoy el plazo para la admisión de pujas, con lo cual se adjudicaría ya el inmueble en licitación– abierta en Santiago de Compostela. Agradezco mucho sus respuestas a los e-mails enviados y a este comentario.

  3. Buenas tardes, soy ejecutante en un proceso de embargo y necesitaría que me asesoren al respecto ya que desconozco completamente el tema. Por esto quisiera que me informasen de lo que me costaría la consulta.
    Un saludo, gracias

  4. Buenas tardes, soy ejecutante en un proceso de embargo y necesitaría que me asesoren al respecto ya que desconozco completamente el tema. Por esto quisiera que me informasen de lo que me costaría la consulta.
    Un saludo, gracias

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